Hoy Resuelve Consejo de Vigilancia y Justicia situación de Isidoro Pacheco Torres

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*Podría ser sanciona sin derechos sindicales al minero por malversar información de PTU

POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA

LÁZARO CÁRENAS, MICH.- Este lunes 24 de julio estará en la Sección 274, el Consejo de Vigilancia y Justicia del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, donde al obrero Isidoro Pacheco Torres, se le sigue un proceso político interno por malversación de información en la pasada revisión del reparto de utilidades, confundió a sus compañeros en su informe.

De acuerdo a la gravedad de la falta y los argumentos que el presente en su defensa ante la comisión de honor y justicia, los integrantes del Consejo General de Vigilancia y Justicia del CEN, que encabeza José Barajas Prado, Secretario del Consejo General de Vigilancia y Justicia, Nicandro Rodríguez Castillo, primer vocal y Jesús Armando Velázquez Morales, Segundo Vocal, se dictamina la sanación correspondiente que podría ir desde un correctivo administrativo, a perder derechos sindicales desde uno a tres años.

El Consejo General de Vigilancia y Justicia del Sindicato Minero, tomará la determinación de retirar los derechos, más no los privilegios,  al obrero de la sección 274, ello al haber incurrido en “actos de indisciplina” el Consejo nacional  de esa instancia sindical deberá advertir que si se incurrió o no en acciones que están siendo investigadas y, de ser necesario, sancionar, pues “la Sección 274 no puede ser rehén de grupos.

Así mismo atenderán una asamblea de carácter disciplinario donde se ratificará o se echará abajo el acuerdo tomando en asamblea ordinaria pasada del día jueves, donde los asambleístas por unanimidad votaron por la destitución del secretario general y de trabajo del gremio local, según lo planteo en una reunión con obreros de la 274,el Delegado Especial Javier Jaimes Chávez, sobre la destitución de un funcionario electo es mediante un acta dirigida al consejo, y al Delegado Especial para ser analizado en el marco estatutario, como un instrumento jurídico de protección y democratización del sindicato.

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