Competencia del Tribunal de Conciliación en el Caso de Sindicato y Ayuntamiento de Aquila: Piñón

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*La buena relación sindicato y alcalde en LC se refleja en acciones sociales y beneficia al trabajador

POR Baltazar SÁNCHEZ HUERTA

LÁZARO CÁRDENAS, MICH.-Continua en paro más de 80 empleados del Municipio de Aquila, será el tribunal laboral a quien respecta su competencia y procedencia en el caso del conflicto laboral de naturaleza colectiva entre el Sindicato de Empleados Municipales y el Ayuntamiento de Aquila, señaló el Coordinador Jurídico de la Federación Abel Piñón, respecto al evento de conmemoración de la fundación del sindicato en Lázaro Cárdenas, destacó existe una corresponsabilidad entre la organización y la parte patronal.

Abel Piñón, señaló que en Lázaro Cárdenas, los presidentes municipales son más conscientes de las necesidades del trabajador, y lo demuestra la buena disponibilidad desde la donación de un terreno para edificar el salón de usos múltiples, lucha de la organización y el respaldo de sus agremiados, contar con oficinas y el tiempo completo para que los funcionarios puedan cumplir con la responsabilidad de velar y cuidar los intereses de los trabajadores.

Con relación al municipio de Aquila, señaló que dicha situación que prevalece desde hace unos meses está a días de resolverse, el caso se está ventilando y resuelve ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y sus municipios, el cual conforme a lo que establece la Ley de la materia deberá de pronunciarse sobre la existencia o no de la huelga que han solicitados los sindicalizados, añadió confiamos en la justicia y sobre todo en las leyes.

Las partes acreditan la razón fundada de su dicho conforme a derecho ante el Tribunal que conoce del asunto, y ante ello todo intento por conciliar la posición o la postura de la patronal, en este caso el municipio y los trabajadores afiliados al gremio, debe efectuarse con la supervisión y seguimiento del propio órgano para que, en su caso, los acuerdos que diriman el conflicto sean elevados a calidad de laudo ejecutorio.

El Gobierno de Michoacán se manifiesta respetuoso de los procedimientos legales y de los derechos de las partes por ello, la Secretaría de Gobierno está obligada a mantener una posición imparcial, lo que le mandata a abstenerse de favorecer a cualquiera de las partes, por lo que toda intervención debe estar orientada a facilitar la solución del problema siempre y cuando los interesados concedan y estén dispuestos a una resolución alternativa, distinta del procedimiento laboral, lo cual significa que mientras tanto las partes dispongan la prosecución del juicio de interés colectivo, es en esta instancia en donde se ha de resolver lo correspondiente.

Y fuera de estas consideraciones, los elementos externos que se refieran al problema no es conveniente que se canalicen con intenciones mediáticas, ya que ello en lugar de favorecer la solución del conflicto laboral agrava la situación entre las partes es de señalar que previo al paro de labores de labores, la Secretaría de Gobierno, por medio de la Dirección del Trabajo y Previsión Social, ha mantenido una comunicación constante con ambas partes y han agotado los mecanismos para dirimir el conflicto antes de que llegara a los tribunales.

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